Subsidio de Rehabilitación Patrimonial Título III

Subsidio Habitacional que otorga el estado, que no se devuelve, que junto al ahorro de la familia, permiten la compra de una vivienda económica en que se hayan generado dos o más viviendas, del reciclaje o rehabilitación de un inmueble ya construido, ubicado en una Zona de Conservación Histórica o haya sido declarado de conservación histórica, y que cuente con la autorización de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo respectiva.



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