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EGIS y PSAT

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Para solicitar un subsidio habitacional es necesario contar con asesoría de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) o de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT), según el programa al cual se postulará. EGIS y PSATno pueden cobrar por la asesoría prestada, ya que el Estado les paga honorarios por prestar este servicio a  postulantes y beneficiarios de los programas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Lista de EGIS y PSAT habilitadas para proyectos de Programa Regular y de Reconstrucción

Las EGIS y los PSAT son entidades que apoyan a las familias durante todo el proceso de postulación a las distintas modalidades del Fondo Solidario de Vivienda y del Subsidio Habitacional Rural respectivamente. Esto abarca, desde la organización de los postulantes y la preparación de los proyectos, hasta la entrega de las viviendas a los beneficiarios del subsidio.
El D.S. N° 174, (V. y U.), de 2005, que regula el Fondo Solidario de Vivienda establece que las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social o EGIS son personas jurídicas, de derecho público o privado, con o sin fines de lucro, que prestan los servicios de asistencia técnica requeridos para el buen desarrollo de los proyectos del Fondo Solidario de Vivienda, a que se refiere la Resolución N° 533, (V. y U.), de 1997.
Funciones
Para los proyectos de construcción las principales funciones que deben asumir la EGIS o el PSAT son:
Para operar como EGIS o PSAT las entidades interesadas deben suscribir un Convenio Marco con el MINVU, en el que se establecen las acciones, condiciones, compromisos y obligaciones que asumirán para la preparación, desarrollo y ejecución de los proyectos, y cualquier otra estipulación que se estime conveniente a los intereses de las partes.
Las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) y los Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT) son personas naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro, que han sido autorizadas por la Seremi respectiva para asesorar a las familias en todos los aspectos necesarios (técnicos y sociales) que les permitan acceder y aplicar un subsidio habitacional.
Las EGIS y los PSAT tienen como principal labor prestar gratuitamente asesoría y realizar las acciones necesarias para que las familias a las cuales proporcionan Asistencia Técnica, logren acceder y aplicar un subsidio habitacional.
Las EGIS deben asesorar a los interesados en el Fondo Solidario de Vivienda (FSV), y a quienes quieran construir en forma colectiva con los Subsidios para Sectores Medios.
Los PSAT apoyan a quienes opten por el Subsidio para construcción individual en zonas rurales (Capítulo III del Fondo Solidario de Vivienda) y al Programa de Protección del Patrimonio Familiar (PPPF).
Algunos de los deberes de EGIS y PSAT son:
  • Organizar a los interesados en postular a un subsidio y representarlos ante el SERVIU.
  • Apoyar el trabajo del comité o de la familia, verificando que se cumplan los requisitos de postulación y ahorro.
  • Diseñar y ejecutar un Plan de Habilitación Social que abarque un conjunto de actividades para que la familia tome decisiones sobre las características y calidad de su vivienda, se responsabilice de su mantención y cuidado, y se integre a su red social.
  • Entregar un listado con las instituciones que prestan servicios a familias vulnerables, en el sector donde se encuentre la vivienda (colegios, centros de atención de salud, locomoción colectiva, lugares de pago de agua, luz y otros servicios).
  • Diseñar el proyecto de loteo (cuando corresponda), de arquitectura y estructura, y de urbanización del conjunto habitacional para presentarlo al SERVIU, previa aprobación de las familias.
  • Realizar los trámites legales e inscripciones de la vivienda en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Cuando corresponda, gestionar un crédito en bancos u otras instituciones financieras que tengan convenio con el MINVU, a fin de completar el valor de la vivienda.
En proyectos de construcción deben, además:
  • Asesorar a las familias en la búsqueda de un terreno.
  • Diseñar junto a las familias el proyecto de construcción.
  • Contratar a la empresa constructora en conjunto con la familia.
  • Obtener permisos de construcción.
  • Guiar la ejecución del proyecto, velar por su calidad y visar la contratación de las obras.
  • Gestionar la recepción definitiva de las obras.
Para ampliar o mejorar la vivienda deben, además:
  • Evaluar si la vivienda cumple los requisitos para postular al PPPF.
  • Tasar la vivienda si no se ha podido obtener un certificado de vivienda social o de vivienda SERVIU.
  • Diseñar y desarrollar un Plan de Habilitación Social, que permita que las familias participen en la elaboración de su proyecto de mejoramiento o ampliación, y que se preparen para su correcto uso, cuidado y mantención.
  • Asesorar a los postulantes en la elección de un contratista.
  • Visitar la obra, al menos, una vez por semana.
  • Gestionar créditos, cuando sea necesario.
  • Gestionar y participar en la recepción definitiva de las obras
*Recuerde: todas estas asesorías son gratuitas para los postulantes y beneficiarios de subsidios habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
El convenio marco que EGIS y PSAT firman con las SEREMI de Vivienda establece las actividades y servicios que deben prestar a postulantes y beneficiarios de los subsidios, por los cuales el SERVIU les paga honorarios. Asimismo, establece que las EGIS y PSAT no pueden realizar cobros por las asesorías a postulantes y beneficiarios de cualquier subsidio del MINVU.
*Estas entidades, eventualmente, pueden solicitar dineros los que sólo podrán ser destinados al pago de algunos derechos y aranceles (gastos operacionales), claramente establecidos en el convenio. Si su EGIS o PSAT le pide dineros para realizar gastos operacionales, deberá rendirle cuenta a usted del del uso de estos fondos, la que podrá aprobar o rechazar.
El siguiente cuadro muestra los únicos derechos y aranceles (gastos operacionales) por los cuales EGIS y PSAT pueden solicitar dineros a los postulantes y beneficiarios de un subsidio.
VALORES FINANCIABLES CON FONDOS A RENDIR
Aranceles y Derechos Municipales
Certificados:Copropiedad, Recepción Municipal, Inhabitabilidad, Deuda de Derechos de Aseo, No Expropiación Municipal y de DFL 2.
Derechos:Aprobación de Loteo (incluye Anteproyecto), Alteración, Edificación (incluye Anteproyecto), Demolición, Subdivisión, o Fusión, Recepción de Obras de Urbanización y de Obras de Edificación.
Aranceles y Derechos Servicio de Salud
Cerificado:Instalación de Agua Potable y Alcantarillado, sólo en caso del Subsidio Habitacional Rural.
Aranceles y Derechos Notariales
Escrituras/ Protocolizaciones:Reducción Escritura Pública Permiso de Edificación (DFL 2), Adjudicación o Compraventa, Cesión de Derechos, Derecho Real de Uso, Servidumbres, Reglamento de Copropiedad y Alzamiento de Prohibiciones.
Autorizaciones:Firma Notarial del Contrato de Construcción, Giro de Ahorros y Declaración Jurada de No Parentesco.
Aranceles y Derechos Conservador Bienes Raíces
Inscripciones:Plano Loteo, Prohibición de Gravar y Enajenar a favor de SERVIU, Compraventa (Adquisición de Vivienda y/o Terreno), Derecho Real de Uso, Cesión de Derechos, Reglamento Copropiedad, Alzamiento de Prohibición y Servidumbres.
Certificados:De Hipotecas, de Gravámenes, Prohibiciones y Embargos y de Dominio Vigente.
Otros:Copia de cualquiera de las Inscripciones señaladas previamente.
Aranceles y Derechos Archivero Judicial
Obtención Copia de Escrituras Públicas.
Recuerde: si su EGIS o PSAT le solicita dinero para realizar estos trámites, deberá rendirle cuenta sobre el uso de los fondos requeridos. La rendición de gastos deberá respaldarse con documentos, pudiendo ser aprobada o rechazada por usted.
La SEREMI de Vivienda de su región es el organismo encargado de velar por el buen trabajo de las EGIS y PSAT.

¿Qué sanciones se pueden aplicar a EGIS y PSAT?
Frente al incumplimiento de las obligaciones suscritas en el convenio marco, la SEREMI respectiva podrá sancionar a las EGIS y PSAT. Las sanciones podrán ir desde la suspensión de sus funciones como asesores técnicos de postulantes y beneficiarios de subsidios, hasta el término administrativo del convenio con las SEREMI.
*Si existe un delito en el actuar de las EGIS o PSAT, la SEREMI respectiva lo denunciará a la Justicia.
Antes de elegir con qué EGIS o PSAT trabajar, es importante contar con el listado completo de las entidades que operan en la región donde se desea postular.
Previo a optar por una, es conveniente tomar contacto con varias entidades, para conocer su forma de trabajo y la calidad de los proyectos que han realizado, además de la capacidad de atención que tienen (categoría).
Recuerde: si quien lo asesora no aparece en el Listado de EGIS y PSAT a la Fecha, es porque no está habilitada para gestionar su postulación al subsidio. ¡Denúncielo a la SEREMI de su región!
Si un usuario de EGIS o PSAT no está conforme con la asesoría prestada, puede acercarse a las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS ) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo o del Serviu, para dar a conocer su caso. Su reclamo o sugerencia será acogida por nuestros funcionarios en el Servicio de Opiniones Ciudadanas (SERSUF). También puede expresar su opinión a través de nuestro Servicio de Atención Virtual (Contáctenos ).
*Su denuncia o reclamo podrá dar origen a que la SEREMI respectiva sancione a la EGIS o PSAT que haya cometido una irregularidad.